Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cláusulas Ineficaces en un Contrato de Trabajo: ¿Qué son y cuáles son sus efectos?


Cláusulas Ineficaces en un Contrato de Trabajo: ¿Qué son y cuáles son sus efectos?
Actualizado: 31 marzo, 2009 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Lo mínimo y lo máximo en un contrato de trabajo
  • Todo en exceso a lo mínimo ¡es válido!
  • Las Cláusulas Ineficaces en el contrato laboral
  • Ejemplos de Cláusulas Ineficaces:

Los empleadores inadvertidamente incluyen condiciones u otrosí de cuanta cosa se les ocurre  en los contratos de sus trabajadores, sin considerar que pueden ser inaplicables y con ello, incurrir en gravísimos errores que se pagan con dinero.

Lo mínimo y lo máximo en un contrato de trabajo

El Código Laboral no contempla todas las posibilidades que pueden pactarse en un contrato de trabajo; por el contrario, la misma norma laboral establece la libertad a las partes (empleador – trabajador) para establecer horarios, salarios, fechas de pago, el pago de trabajo suplementario, etc.

Lo que si establece de manera innegociable, son unas condiciones mínimas de las cuales el empleador nunca podrá afectar.

De tal manera que es ahí cuando se habla de un salario mínimo, una jornada máxima de labores diarias, la afiliación y pago de seguridad social, el pago de prestaciones sociales (primas, cesantías y vacaciones), el tiempo máximo de pago del salario.

Todo en exceso a lo mínimo ¡es válido!

Según la definición anterior, cuando el contrato respeta esas condiciones mínimas todo lo que exceda en beneficio del trabajador es legal, es por ello que se fijan salarios más altos que el mínimo, jornadas inferiores a las máximas, el pago de comisiones y bonificaciones adicionales al salario, primas extralegales, más días de vacaciones a las ordinarias, etcétera.

Las Cláusulas Ineficaces en el contrato laboral

Teniendo claro que es lo mínimo que debe respetar el empleador, cualquier estipulación que se haga por escrito en el contrato que afecte esas garantías mínimas es ineficaz, lo que significa que no tiene efecto, no existe para la vida jurídica, es inaplicable y si el empleador las aplica, el detrimento que esto signifique para el trabajador será una deuda que se generará a su favor las cuales el trabajador puede demandar en un proceso judicial y con toda seguridad ganará.

El artículo 43 del Código Laboral establece como Cláusulas Ineficaces lo siguiente:

En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbitrales, pactos, convenciones colectivas y reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por si mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente.”

Ejemplos de Cláusulas Ineficaces:

  • El trabajador que por alguna circunstancia deba laborar un domingo, se le dará un día de descanso compensatorio, pero ese domingo no se le pagará con ningún sobrecargo sino con el valor ordinario. (Es ineficaz porque siempre que un trabajador labore un domingo o festivo, se le debe pagar el valor del día con el sobrecargo por el sólo hecho de trabajar ese día de descanso)
  • Si el trabajador hace una venta de la cual se le paga un porcentaje como comisión, pero se retira antes que el cliente haga el pago, perderá el valor de la comisión. (Si al trabajador se le paga por venta, no importa si se desvincula, al fin y al cabo la venta ya la hizo, cosa distinta es si en el contrato se da comisión por cartera cobrada y recuperada).
  • El trabajador por ser especializado, una vez se desvincule de la empresa, no podrá vincularse dentro de los 6 meses siguientes con la competencia. (Esta restricción fue declarada inconstitucional)
  • El trabajador deberá pagar todos los meses la totalidad de su seguridad social, si no lo hace se le descontará ese valor de su salario y el empleador lo pagará directamente. (En un contrato de trabajo a diferencia del Contrato de Prestación de Servicios, el empleador debe pagar siempre la seguridad social de su trabajador, a pesar que él ayuda a pagar una parte con su salario)
  • El trabajador deberá sufragar los gastos de los elementos de dotación de seguridad como casco, botas, guantes, etc., para poder ingresar a las instalaciones de la empresa. (Es una obligación del empleador dar los elementos mínimos de seguridad a todos sus empleados para el ejercicio de sus funciones).

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