Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Clientes del sistema financiero tienen derecho a conocer la información de sus productos


Clientes del sistema financiero tienen derecho a conocer la información de sus productos
Actualizado: 8 febrero, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Créditos de vivienda
  • Leasing habitacional
  • Reporte anual de costos totales
  • Extracto de cuenta individual de ahorro pensional en AFP
  • Extracto anual para afiliados al Régimen de prima media con prestación definida
  • Certificado de negocios fiduciarios con fines tributarios
  • Tenga en cuenta

Durante los tres primeros meses del año los clientes de las entidades vigiladas recibirán información sobre pensiones, créditos de vivienda, leasing habitacional. Las entidades deben poner a disposición de los consumidores información de fácil comprensión sobre productos y servicios que ofrecen.

“Costos, modificaciones en las condiciones de los contratos, características de los productos o servicios adquiridos y derechos y obligaciones de los clientes harán parte de la información que enviada por entidades vigiladas”

Durante el primer trimestre de este año los consumidores financieros recibirán información clara, veraz y oportuna, sobre algunos productos y servicios adquiridos con las entidades financieras que les permitirán tomar decisiones informadas, planear sus inversiones o elegir entre las múltiples opciones que ofrece el mercado la que más se ajuste a sus necesidades.

Costos, modificaciones en las condiciones de los contratos, características de los productos o servicios adquiridos y derechos y obligaciones de los clientes harán parte de la información que enviada por entidades vigiladas. Adicionalmente, las entidades financieras, deben tener a disposición en sus sitios web, los modelos de contrato que utilicen en sus productos, para que puedan ser consultados por cualquier persona independientemente, exista o no una relación comercial con la entidad.

A continuación, presentamos los reportes que las entidades deben remitir al consumidor financiero durante los primeros tres meses del año

Créditos de vivienda

Los deudores de créditos de vivienda deben recibir a más tardar el 31 de enero de cada año el comportamiento histórico del crédito, donde se indique cómo se aplicaron los abonos a capital y el saldo de la deuda (ambos en UVR y en pesos) además de los valores por concepto de seguros e intereses. De igual manera, una proyección para el año en curso en el que se le indique cómo será el comportamiento del crédito y, con esta información, ajustar el plan de amortización a su capacidad de pago en caso de que lo considere necesario. Para esto, debe efectuar la solicitud ante la entidad financiera durante los dos primeros meses del año con el fin de poder acordar cambios en las condiciones iniciales del crédito.

Leasing habitacional

Durante el primer mes de cada año las entidades autorizadas deben remitir a los clientes la siguiente información para darles la posibilidad de pactar nuevas condiciones con la entidad financiera: comportamiento histórico del contrato indicando cómo se aplicaron los cánones, saldo por amortizar, valores por costos financieros, seguros y otros conceptos; en contratos pactados en UVR las cifras deben reflejarse en UVR y en pesos.

Reporte anual de costos totales

Hasta el 31 de marzo los establecimientos de crédito deben suministrar a cada cliente un reporte que consolide la información de todos los productos adquiridos, en el que se encuentre discriminado el valor pagado durante el año inmediatamente anterior por concepto de cobros asociados a los servicios y a favor de terceros, retenciones tributarias y los valores generados por las operaciones y productos. Con esta información los clientes podrán conocer y comparar con otros establecimientos los costos de los productos adquiridos con su entidad financiera.

Extracto de cuenta individual de ahorro pensional en AFP

Con este documento, el afiliado podrá hacer un seguimiento detallado de su cuenta y de su historia laboral con el fin de corroborar que la información allí consignada esté completa y sea correcta. Además, le permitirá verificar que los aportes hechos por el empleador se estén realizando oportunamente. El extracto debe ser remitido por la entidad entre enero y marzo de cada año con corte al 31 de diciembre.

Extracto anual para afiliados al Régimen de prima media con prestación definida

Las personas afiliadas a Colpensiones deben recibir a más tardar el 31 de marzo la información de las semanas y los aportes cotizados, así como la identificación de sus empleadores. Esto les permitirá conocer el estado actual de su historia laboral, solicitar inclusiones, exclusiones o aclaraciones que considere necesarias.

Certificado de negocios fiduciarios con fines tributarios

Anualmente las sociedades fiduciarias deben expedir a cada uno de los beneficiarios de los negocios a su cargo, un certificado en el que le indiquen el valor de los derechos, los rendimientos acumulados hasta el 31 de diciembre del respectivo ejercicio (aunque no hayan sido liquidados en forma definitiva) y los rendimientos del último ejercicio gravable.

Tenga en cuenta

Cada persona tiene una condición única y la decisión de adquirir determinado producto o servicio con una entidad financiera responde a unas necesidades específicas, por eso es importante que los clientes verifiquen que la información suministrada esté correcta y en caso de encontrar alguna inconsistencia o tener dudas las comunique a la entidad respectiva.

* Con información de la Superfinanciera de Colombia.

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