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Colegiatura de la profesión contable, ¿un adiós para la JCC y el CTCP?


Colegiatura de la profesión contable, ¿un adiós para la JCC y el CTCP?
Actualizado: 28 abril, 2021 (hace 3 años)

Para Hernán Alonso la gobernanza de la profesión se materializa bajo una colegiatura de contadores públicos.

Héctor Jaime Correa explica que la idea es que la JCC y el CTCP sean absorbidos por la colegiatura y la misma profesión se encargue de regular y autorregularse.

Hernán Alejandro Alonso, contador público, profesor de la Universidad de Cundinamarca y miembro asesor del comité nacional femenino en asuntos de gobernanza profesional, explicó en #CharlasConActualícese la necesidad que tiene la profesión contable de contar con una colegiatura única.

Desde su punto de vista, «la gobernanza de la profesión se materializa bajo una colegiatura de contadores públicos, persona jurídica sin ánimo de lucro con carácter gremial y autónomo reconocida como órgano rector de la profesión de la contaduría pública para el desarrollo de la gobernanza profesional».

¿Cuáles serían las características de dicha colegiatura?

  • La colegiatura de contadores públicos estará integrada a nivel de confederación gremial y se afiliarán todos los contadores públicos a través de las organizaciones profesionales de contadores públicos sin ánimo de lucro que ejerzan la profesión contable.
  • Tendrá su propio estatuto y reglamento interno, reglamentará el ejercicio del contador público y para ello emitirá resoluciones con carácter vinculante.
  • Será el órgano o institución asesor, consultor del Estado colombiano en asuntos relacionados con la ciencia contable, hacienda pública, control, fiscalización y vigilancia de organizaciones públicas y privadas.
  • Presentará a consideración a entidades gubernamentales propuestas para que, conjuntamente, se expidan principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera.
  • Como contraprestación por sus servicios, el Estado colombiano autorizaría a la colegiatura el cobro del registro profesional, aportes económicos y elaboración de convenios interinstitucionales con entidades públicas y/o privadas nacionales e internacionales, para sostener su presupuesto autónomo de funcionamiento, el cual será aprobado por el máximo órgano social de la misma.
  • Los aportes económicos serán pagados por sus afiliados según resolución emitida por la misma colegiatura.
  • La JCC y el CTCP continuarán cumpliendo sus funciones por los siguientes 12 meses a partir de la promulgación de la ley que plantea la conformación de la colegiatura, tiempo en el que esta, con el acompañamiento y asesoría de estos, creará su estructura y pondrá en operación los mecanismos adecuados para continuar con los objetivos y funciones asignadas.

JCC y CTCP deberían ser absorbidos por la colegiatura

Héctor Jaime Correa, contador público, vicepresidente primero de la Asociación Interamericana de Contabilidad y presidente del Centro de Contadores Públicos de Manizales también tiene su punto de vista en pro de la conformación de una colegiatura.

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Correa, en #CharlasConActualícese, afirma que «ojalá todas las agremiaciones nos pudiéramos unir en una sola, para lograr una gobernanza en la profesión. La idea es que la JCC y el CTCP sean absorbidos por la colegiatura, y sea la misma profesión la encargada de regular y autorregularse, como ocurre en otros países», opina.

Explica que esta debería contar con tres áreas:

  1. Un área de registro de los profesionales contables, lo que hoy lo hace la JCC.
  2. Un tribunal de regulación de una normativa que reemplazaría al CTCP.
  3. Otra área que sería una especie de tribunal disciplinario de la JCC.

«Esta debe ser una entidad constituida por contadores públicos, no como pasa con la JCC, donde la mayoría de sus componentes son abogados», puntualiza.

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