Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Colombia hacia las NIIF. Primer paso: actualizar la copia (Hoy Ley 1314/2009) – Juan Fernando Mejía


Autor: Juan Fernando Mejia. *

La plenaria del Senado aprobó en su último debate, el proyecto de Ley que ordena la convergencia de los PCGA (Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados) colombianos con los estándares internacionales faltando solamente que sea conciliado con la Cámara y sancionado por el Presidente de la República.

Mediante el proceso que se inicia en Colombia con la aprobación de esta ley, las autoridades emitirán normas contables, más cercanas a las Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera.

Aspectos generales y texto del proyecto

El proyecto de Ley 165 de 2007 se refería inicialmente a la adopción de las normas internacionales, pero fue modificado y aprobado en la Cámara de Representantes como una norma que pretende organizar el proceso de preparación (proyección) de normas locales por parte del Consejo Técnico de la Contaduría, basándose en las Normas Internacionales de Contabilidad e Información Financiera.

El proyecto de Ley 165 de 2007 se radicó en el Senado de la República con el número 203 de 2009, en donde fue ajustado con la intervención de algunos organismos profesionales, la administración de impuestos (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-) y el Consejo Técnico de la Contaduría (CTCP).

Esta nueva Ley establece que, en adelante, el CTCP hará los proyectos de normas contables siguiendo un «debido proceso», público y abierto en el cual se tengan en cuenta las diferentes observaciones presentadas y se evite la duplicidad de criterios en las normas que hasta ahora emiten distintas autoridades (como las Superintendencias).

En adelante, las normas contables proyectadas serán emitidas por el Presidente de la República a través del el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Ministerio de Comercio Industria y Turismo. La nuevas normas se llamarán «NCIFAI» Normas de Contabilidad e Información Financiera y Aseguramiento de la Información (o de “auditoría integral”), sobre las cuales el CTCP se pronunciará sin que sus opiniones o interpretaciones se consideren de carácter vinculante. Además el CTCP promoverá (efectuará) la capacitación en contabilidad internacional.

En la conciliación del texto final, el nuevo proyecto permitiría que algunas micro empresas lleven contabilidad de caja, siempre que se cumplan las normas tributarias correspondientes, por ejemplo las establecidas en el artículo 499 del Estatuto Tributario en relación el denominado «régimen simplificado» en el impuesto a las ventas, el cual concede ciertas prerrogativas como la exención de la obligación formal de declarar.

Uno de los principales avances de este proyecto es que, al menos en teoría, pregona la separación de las normas contables y las tributarias, asunto que requerirá una fuerte revisión al Estatuto Tributario Nacional que actualmente regula múltiples aspectos contables. En opinión de algunos expertos, deberían establecerse también cambios en el Código de Comercio y en otras regulaciones que influyen en la contabilidad local.

Otro aspecto importante de la ley es la intención de evitar la dispersión normativa, es decir, la alta cantidad de normas y criterios contables de múltiples autoridades, existentes en el país. Esta fue una clara recomendación del Informe ROSC (Report On Standards and Codes), preparado en 2004 por el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial (puede verse en https://www.admin.actualicese.co/editorial/especiales/navidad/2005/InformeROSC/ROSCColombia.doc).

Para garantizar la pertinencia global de los proyectos de normas contables, se autoriza al Consejo Técnico su afiliación y participación en reconocidos organismos internacionales emisores de estándares.

Otros aspectos como la revisoría fiscal, pueden ser vistos en la Ley, presionando click aquí.

Actualizando la copia

Colombia, como la mayoría de países latinos, nunca ha tenido un modelo contable propio, desde el punto de vista conceptual, pues según varios estudios (como el denominado «Informe ROSC), el Decreto 2649 de 1993 (PCGA locales) es una copia incompleta de las normas internacionales de contabilidad y de los principios contables americanos (USGAAP) vigentes en el 1993, matizado con variantes locales (sobre todo de tipo tributario).

Por esta razón, la nueva Ley no puede considerarse «convergencia» o búsqueda de un punto en común entre dos modelos reconocidos (Real Academia de la Lengua). Lo que realmente plantea esta Ley es un proceso político (de emisión de normas), donde el país manifiesta su intención de migrar, más tarde que temprano, hacia normas internacionales., de manera que los estados financieros no continúen siendo el reflejo de una copia desactualizada de los estándares internacionales mezclada con normas tributarias.

Si bien es cierto que Colombia es uno de los países latinoamericanos que menos ha avanzado en considerar estándares internacionales de contabilidad (si se quiere, en el que más se ha aplazado el proceso interno), esta nueva Ley es un claro avance hacia mejores prácticas contables.

Es entonces de aplaudir el esfuerzo que la profesión ha venido realizando para que “actualizar la copia” y podamos avanzar hacia una contabilidad menos basada en reglas (por ejemplo tributarias) y más basada en principios, donde el contador público tenga mayor capacidad de criterio y decisión.

Nota: Este texto presenta opiniones personales que no comprometen a las entidades con las cuales labora el autor.

*Contador Público de la Universidad de Antioquia
Docente Contabilidad Internacional Universidad Externado de Colombia
Asesor Contaduría General de la Nación
Carrera 7 Número 32-16, piso 38, Bogotá, D.C.
jmejia@contaduria.gov.co

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