Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Comenzó obligatoriedad de facturar electrónicamente para el grupo 1


Actualizado: 16 junio, 2020 (hace 4 años)

44.000 firmas debieron comenzar a facturar electrónicamente, de forma obligatoria, desde el 15 de junio de 2020. 9.000 ya lo están haciendo.

Desde el 15 de junio la facturación electrónica será obligatoria para el primer grupo de empresas seleccionadas por la Dian, como lo indica la Resolución 000042 de 2020. Este grupo se compone por 44.000 firmas, de las cuales, 9.000 ya están cumpliendo con el requisito y 4.400 están en proceso.

Según el cronograma de obligatoriedad: grupo 1 comienza el 15 de junio; grupo 2, julio 1 ; grupo 3, agosto 4; grupo 5, octubre 1; grupos 6, 7 y 8, noviembre 1 de 2020.

Deberán facturar electrónicamente todos los responsables del IVA y los responsables del impuesto nacional al consumo.

Desde el 15 de mayo se viene haciendo el registro y habilitación en el servicio informático electrónico de validación previa para los obligados a facturar electrónicamente. Será necesario que cada sociedad tenga en cuenta el código CIIU que está registrado en el Registro Único Tributario.

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