Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Comerciantes minoristas informales y taxistas son quienes más solicitan créditos gota a gota


Actualizado: 13 febrero, 2019 (hace 5 años)

La práctica del gota a gota se tipifica como delito, ya que excede el interés de usura fijado por la Superfinanciera, que para febrero es de 29,55 %.

Y aunque se podría creer que una tasa de 50 % es alta, Asobancaria señala que «se ha evidenciado que los créditos bajo la modalidad del “gota a gota” se otorgan en el mejor de los casos a una tasa de 150 % efectivo anual, cinco veces lo legalmente permitido».

A esto se le suma que, según el perfil del solicitante, entre los que están los comerciantes minoristas informales y los taxistas, se han identificado intereses diarios de 700 % efectivo anual, “hasta préstamos a un período más largo que llega a alcanzar el 1.000.000 % efectivo anual”. Esto recrudece la situación de 18 % de la población adulta colombiana, que según el gremio está fuera del sistema financiero formal y está expuesta a que los prestamistas y cobradores cambien las reglas del juego pactadas, cobrando intereses sobre los intereses diarios.

El artículo 305 del Código Penal establece que quien incurra en la usura deberá pagar entre 2,6 años de prisión y hasta más de 10,5 años, dependiendo del interés al que le haya cobrado a la víctima y el tope certificado por la Superfinanciera.

Fuente: La República.

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