Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Comercio Exterior] Si quiere ser exportador, regístrese por Internet de manera fácil


[Comercio Exterior] Si quiere ser exportador, regístrese por Internet de manera fácil
Actualizado: 3 junio, 2009 (hace 15 años)

Adiós al papeleo. Bienvenida la virtualidad de la mano del FUCE. Aquí le decimos en qué consiste, lo que usted debe hacer y los pasos que debe seguir si quiere ser exportador.

Si usted está pensando en hacer diligencias para exportar productos, Internet será su mejor aliado. Existe una plataforma denominada FUCE o Formulario Único de Comercio Exterior (para importaciones es el VUCE – Ventanilla Única de Comercio Exterior), que se conocía anteriormente como Registro Nacional de Exportadores, la cual se diligenciaba físicamente y permitía obtener la licencia.

«Esta es una herramienta que es relativamente nueva y casi no se conoce. Las exportaciones no generan IVA. Quien exporta le demuestra a la Dian el IVA en el que incurrió para exportar su producto, y luego la entidad le devuelve esos dineros», asegura Martín García, asesor del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

El FUCE reemplaza lo que se venía exigiendo para la obtención de la información relacionada con la identificación de la empresa, los bienes, servicios, tecnología y la descripción de los procesos productivos. «Esta herramienta sirve para registrarse como productor, comercializador y exportador. También para unificar la información requerida al interior de las entidades administrativas», agrega García.

Tenga en cuenta para evitar problemas

1) Las entidades administrativas de sanidad y control técnico en materia agropecuaria deberán simplificar los requisitos para las exportaciones, importaciones, manufactura, comercialización y uso de insumos del sector.

2) Si se piensa comercializar especímenes, muestras de la diversidad biológica y de productos, sustancias, desechos, materiales y equipos que se utilicen en el medio ambiente y recursos naturales renovables, deberán dar cumplimiento a los tratados y la normatividad del país.

3) Para las esmeraldas, piedras preciosas y semipreciosas, se utilizará el Formulario Único de Comercio Exterior.

4) Ninguna entidad que tenga competencias de comercio exterior podrá crear, modificar o adicionar requisitos administrativos como formularios, autorizaciones, permisos, certificaciones o vistos buenos, sin el visto bueno del Consejo Superior de Comercio Exterior.

5) Las entidades que por mandato legal deban intervenir en la inspección física de la mercancía o en la revisión de carga que ingrese o salga del país deberán garantizar que esta diligencia se realice de manera simultánea, sin perjuicio de las facultades de inspección atribuidas a la policía antinarcóticos.

Así se obtienen los permisos para exportar (con colaboración de Ministerio de Comercio, Industria y Turismo)…

1) La actividad económica registrada en la Cámara de Comercio debe estar habilitada para ser exportador. Todas las empresas pueden exportar, no hay restricción en cuanto a que sea unipersonal, persona natural o jurídica. La única condición es que estén en el Régimen Común.

2) Hay que habilitarse ante la DIAN. Se hace a través del RUT, diligenciando las casillas 55 donde se define si será exportador directo, indirecto, o se ejercerán ambas actividades. También hay que diligenciar la casilla 56, para identificar si se trata de bienes, servicios o de ambos.

3) La Firma Digital se realiza a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), donde se encuentra el Formulario Único de Comercio Exterior (FUCE).

4) El registro de la firma digital tiene un costo de 320 mil pesos más el 16% del IVA.

5) Hay que pedir autorización para que la firma del representante legal o de quien delegue la empresa esté habilitada a través de Certicámara.

6) Luego del aval de Certicámara, se solicitan las claves al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para ingresar al VUCE. Luego, el empresario ingresa y se registra en el FUCE.

7) Los empresarios que surgieron en el Régimen Simplificado, pero que deben pasarse al Común para exportar, lo pueden hacer acercándose a la DIAN. No importa que sus ventas no excedan el monto para estar en Régimen Común (90 millones de pesos). Con la autorización, la DIAN emite las facturas de venta legales para la exportación.

8) Las exportaciones no generan IVA. La DIAN hace un cruce de cuentas mediante el cual el empresario exportador le demuestra a la entidad el IVA en el que incurrió para exportar su producto, y luego la Dirección de Impuestos le devuelve esos dineros.

9) Si se trata de una Comercializadora Internacional (C.I.), al exportar la DIAN les devuelve el IVA tanto a esta empresa como a su proveedor.

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