Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo acceder al auxilio por contrato suspendido o licencia no remunerada?


¿Cómo acceder al auxilio por contrato suspendido o licencia no remunerada?
Actualizado: 9 abril, 2021 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Para tener en cuenta
  • ¿Qué se debe hacer para recibir el subsidio?
  • Requisitos para acceder a este subsidio
  • ¿Por qué un trabajador puede ser excluido de este subsidio?

Movii es la plataforma habilitada para hacer los giros del auxilio a los trabajadores suspendidos que todavía no lo han recibido. Es necesario que los beneficiarios se vinculen a esta plataforma para que les sea entregado.

Aquí te explicamos en detalle todo lo relacionado con este auxilio.

Los trabajadores que tuvieron su contrato suspendido o tenían licencia no remunerada en abril, mayo y junio de 2020 y su empleador cumplió con los requisitos para aplicar al Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef y, además, fueron identificados como beneficiarios del auxilio para trabajadores en suspensión contractual pueden recibir $160.000 pesos mensuales hasta por tres meses; valor aprobado por el Gobierno nacional.

Cabe recordar que el programa se creó a través del Decreto Ley 770 de 2020 y ofrece un ingreso directo a los trabajadores para así aliviar la difícil situación por la cual atraviesan muchas familias colombianas a raíz del COVID-19.

“Hasta el 30 de marzo de 2021, el Gobierno nacional había entregado 48.888 millones de pesos a 202.000 personas que fueron identificadas como beneficiarias

El Gobierno nacional ha informado que en la entrega de subsidios se ha avanzado en un 87 %, pero se requiere que los beneficiarios que todavía no han recibido el auxilio se vinculen a Movii para recibirlo.

Hasta el 30 de marzo de 2021, el Gobierno nacional había entregado 48.888 millones de pesos a 202.000 personas que fueron identificadas como beneficiarias del programa de suspensión contractual o licencia no remunerada.

Para tener en cuenta

Movii es la plataforma habilitada para hacer los giros a los trabajadores suspendidos que todavía no han recibido el auxilio. Quien desee consultar si tiene un giro pendiente lo puede hacer aquí.

¿Qué se debe hacer para recibir el subsidio?

  1. Confirma si eres beneficiario del programa en la página web del Ministerio del Trabajo.
  2. Si lo eres y no has recibido el auxilio, descarga la aplicación Movii en tu celular.
  3. Si eres beneficiario y no has recibido el subsidio, puedes dejar aquí la información para que seas contactado.
  4. Regístrate con el documento mediante el cual fuiste identificado como beneficiario.
  5. Si deseas consultar más información sobre este proceso, aquí puedes hacerlo.
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Requisitos para acceder a este subsidio

  1. Ser trabajador dependiente de un postulante que cumpla los requisitos del Paef.
  2. Devengar hasta cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv–.
  3. Encontrarse en suspensión contractual o licencia no remunerada por al menos 15 días por los meses de abril, mayo y junio.
  4. No estar cubierto por los programas Familias en Acción, Colombia Mayor, Jóvenes en Acción, compensación del IVA o Ingreso Solidario.

¿Por qué un trabajador puede ser excluido de este subsidio?

En nuestro editorial Paef: causales por las que se puede negar el acceso a este programa se explica que la UGPP ha establecido estas causales de exclusión del subsidio:

  1. El trabajador no se encuentra como afiliado del solicitante, es decir que dicho trabajador por el que se pretende solicitar el apoyo no aparece como afiliado del empleador solicitante.
  2. No se cotizó por ese trabajador por el mes completo o se cotizó ese mes por debajo del smmlv.
  3. El trabajador tiene la novedad SNL en la Pila, es decir, se reportó al trabajador en licencia no remunerada.
  4. El trabajador por quien se solicita el beneficio falleció, y al revisar en la información de la Registraduría Nacional del Estado Civil aparece como persona fallecida antes del primer día hábil del mes inmediatamente anterior al que se solicitó el aporte estatal.

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