Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cómo distinguir los términos “subordinada”, “filial” y “subsidiaria”?


Actualizado: 5 septiembre, 2005 (hace 19 años)

Cuando se hace el estudio de alguna normatividad (sea contable o tributaria) en la cual se hace referencia al tipo de vinculación que puede llegar a existir entre dos o mas entes económicos, es normal encontrarse con los terminos “matriz”, “subordinada”, “filial” y “subsidiaria” (véanse por ejemplo los art.260 a 262 del Código de Comercio, los art.450 y 451 del Estatatuto Tributario Nacional, o las circulares de las distintas superintendencias).

Sin embargo, para lograr tener una mejor comprensión de cómo se establecen esos distintos tipos de vinculación, y saber cual exactamente aplicar en cada caso, es conveniente plantearse algunos ejemplos como los que a continuación esbozamos…

Un ejemplo vale más que mil palabras…

como-distinguir-los-terminos-subordinada-filial-y-subsidiaria

Supóngase que la empresa A Ltda adquiere el 51% del capital social de la empresa B Ltda. A su turno, la Empresa B Ltda adquiere el 51% de la empresa C Ltda.

¿Cual es la relación entre estas empresas?

Con el anterior ejemplo, podemos establecer que la relación que existe entre todas estas empresas sería:

  1. Tanto la empresa B como la empresa C, son “subordinadas” de la empresa A. Lo anterior, por cuanto la empresa A posee en forma directa el 51% del capital social de la empresa B. Y porque, a través de esa empresa B, es decir en forma “indirecta ”, es como si también terminara poseyendo más del 50% de la sociedad C.
  2. La empresa B es una “filial” de la empresa A, por cuanto se dan dos requisitos al mismo tiempo a saber: 1) la empresa A adquirió el control de la empresa B en forma directa, y 2) al mismo tiempo la empresa B adquirió el control de la empresa C. Si la sociedad B no hubiese adquirido el control en C, en ese caso se diría que B es solo una “subordinada” de A
  3. La empresa C es una “subsidiaria” de la empresa A, por cuanto la empresa A no posee una participación mayoritaria en ella de forma directa, sino que lo hace en forma “indirecta” a través de la empresa B.
  4. Por último, aunque la empresa A es una “matriz” tanto de B como de C, es claro que la sociedad B es como si fuera también una “matriz directa” de la empresa C. Por tanto, se puede decir que C es una “subordinada” de B.
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