Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo opera la reducción salarial ante la emergencia por el COVID-19?


¿Cómo opera la reducción salarial ante la emergencia por el COVID-19?
Actualizado: 4 mayo, 2020 (hace 4 años)

Frente al estado de emergencia con ocasión de la presencia del COVID-19, se han tomado medidas laborales para la protección del empleo.

Una de estas medidas consiste en la reducción salarial, siempre y cuando se implemente bajo los lineamientos establecidos en la ley. Actualícese #EnCasa sobre este importante tema.

El artículo 132 del CST faculta a las partes (esto es, trabajador y empleador) a convenir el salario en cualquiera de sus modalidades, siempre y cuando se respete sin excepción el salario mínimo legal mensual vigente –smmlv– ($877.803 para 2020) o el fijado en los pactos, convenciones colectivas y fallos arbitrales.

Teniendo claro lo anterior, se entiende que la legislación laboral y la jurisprudencia permiten la figura de la disminución salarial, sin olvidar que el empleador solo puede recurrir al uso de esta (previo acuerdo con el trabajador) cuando las circunstancias económicas así lo ameriten.

Se tiene entonces que, debido a la contingencia que se presenta actualmente en el país, si algunas empresas se ven afectadas en términos económicos, pueden recurrir a la figura de la reducción salarial, siempre que no se afecte el salario mínimo mensual legal vigente –smmlv–; también pueden reducir el pago de beneficios laborales, como comisiones, participaciones por ventas, etc.

Es importante tener en cuenta que situaciones como las actuales deben verse como escenarios de colaboración entre las partes, para buscar, además de la estabilidad y conservación del empleo, la sostenibilidad empresarial.

Para el tema específico al que estamos haciendo referencia, te invitamos a ver nuestro consultorio Reducción de salarios para contrarrestar la crisis del coronavirus en las empresas, desarrollado por la Dra. Natalia Jaime, abogada experta en el tema.

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