La Ley de Reforma Tributaria Estructural 1819 de 2016, implementó la aplicación de un sistema de determinación del impuesto sobre la renta de tipo cedular, la cual consiste en clasificar los ingresos según la fuente de obtención.
En la depuración de cada una de las cédulas, el artículo 6 del Decreto 2250 de 2017, que sustituye los textos de los artículos 1.2.1.20.2 hasta el 1.2.1.20.6 del DUT 1625 de octubre de 2016, precisa las reglas generales de la depuración que se podrá efectuar dentro de las 5 cédulas en que se descompondrá la renta ordinaria de las personas naturales residentes (obligadas o no a llevar contabilidad), y las sucesiones ilíquidas de causantes que eran residentes al momento de su muerte (obligadas o no a llevar contabilidad). Estas rentas cedulares se clasificarán así:
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