Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Valor de los derechos de las ganancias ocasionales


Actualizado: 10 abril, 2014 (hace 10 años)

Para determinar la base gravable de las ganancias ocasionales obtenidas, se deberá determinar su valor de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 303 del E.T., las cuales se relacionan a continuación:

a determinar  la base gravable de las ganancias ocasionales obtenidas, se deberá determinar su valor de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 303 del E.T., las cuales se relacionan a continuación:

Concepto Determinación con base en:
Sucesiones ilíquidas (herencias, legados, porción conyugal). Valor de los bienes y derechos a 31 de diciembre del año anterior.
Donaciones Valor de los bienes y derechos a 31 de diciembre del año anterior.
Sumas en dinero Valor nominal.
Oro y demás metales preciosos Valor comercial.
Vehículos automotores Avalúo comercial fijado anualmente por el Ministerio de Transporte.
Acciones, aportes y demás derechos en sociedades Costo fiscal.
Créditos Valor nominal
Bienes y créditos en moneda extranjera Valor comercial en moneda nacional, de acuerdo con la tasa oficial de cambio que regía el último día hábil del año anterior (31 de diciembre).
Títulos, bonos, certificados y documentos que generen intereses y rendimientos financieros Costo de adquisición más descuentos o rendimientos causados y no cobrados.
Derechos fiduciarios 80% del porcentaje de participación en el patrimonio líquido (activo – pasivo) del fideicomiso.
Inmuebles Costo fiscal.

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