Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Compensación de los saldos a favor generados en la declaración anual del régimen simple


Actualizado: 28 agosto, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Los saldos a favor generados en la declaración anual del régimen simple de tributación pueden ser compensados con otras declaraciones cuando el contribuyente decide regresar al régimen ordinario?

Preguntas resueltas agosto 20 de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica en detalle si la declaración anual de los contribuyentes acogidos al régimen simple de tributación puede arrojar saldos a favor. De igual forma, se analiza cuáles son los requisitos o las condiciones que deben cumplirse para proceder con las solicitudes de la devolución o compensación de dichos saldos ante la Dian.

Conviene tener presente que la declaración anual del año gravable 2019 de los contribuyentes acogidos al régimen simple de tributación (personas naturales o jurídicas) debe ser presentada ante la Dian entre el 22 y el 28 de octubre de 2020 en el formulario 260, pues así lo establece el Decreto 2345 de 2019.

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