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Compras navideñas tienen garantía, tenga cuidado con la publicidad engañosa


Compras navideñas tienen garantía, tenga cuidado con la publicidad engañosa
Actualizado: 9 diciembre, 2014 (hace 9 años)

El impulso de muchos a comprar y gastar en Navidad puede conllevar a caer en publicidad engañosa, a pagar precios más altos y creer que algunas promociones no tienen garantía. Si puede, mejor compre en enero a menores precios.

Lo primero: el ahorro

Si no tiene hijos y pareja que le armen «escándalos» y “berrinche” por regalos y estrenos para el 24 y 31 de diciembre acostúmbrese a comprar en noviembre (aunque ya pasó) y en enero donde los comerciantes bajan precios y hacen ofertas de todos los productos.

Segundo: productos de primera necesidad

Si bien todo sube en diciembre, los productos de primera necesidad no, pues sobre éstos existe control, de tal manera que si por necesidad tiene que comprar en un supermercado productos de primera necesidad donde se observen incrementos inusuales o exagerados de dichos productos, guarde la factura y envíe la queja (puede ser por Internet) a la Superintendencia de Industria y Comercio, quien investigará e impondrá drásticas multas.

Garantías de productos adquiridos en temporada navideña

La garantía de un producto, sean mínima presunta o legal y las voluntarias, no se pierde por comprar en época decembrina así el reclamo lo haga en enero (salvo que la garantía sea de corto tiempo, como algunos productos de consumo).

Si le ofrecen por una “módica suma” una garantía extendida, lea muy bien y haga todas las preguntas del caso pues en muchos casos, no sirven para nada, tal como ya lo explicamos en el editorial Garantía Extendida o Suplementaria: un seguro que no sirve para mucho.

Compras anticipadas sin entrega del producto: se debe mantener el precio

Algunas compras se pueden hacer con anticipación sin que el vendedor haga entrega del producto. Pero si la entrega del producto se hace efectiva en época decembrina, por ese sólo hecho no puede existir alteración del precio; salvo que se haya advertido previamente y por escrito.

Por ejemplo, si usted compró en septiembre unos tiquetes aéreos para viajar el 24 de diciembre, pero unos días antes o en el mismo aeropuerto la aerolínea le informa que debe pagar un excedente por viajar en temporada alta o el mismo ejemplo pero con una reservación en un hotel, por supuesto que estando con maletas en el aeropuerto a todos les toca someterse a dicha arbitrariedad, pero pida factura y cuando regrese del paseo, presente la queja a la Superintendencia de Industria y Comercio, pues eso es publicidad engañosa y tiene altísimas multas.

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