Santiago de Cali, Octubre 29 de 2013
Señores
DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE Y USUARIO ADUANERO
Atentamente. Dra. Gloria Jara
Bogotá D.C.
Ref: Observaciones Proyecto de Resolución de Información Exógena Año 2014.
En atención a su gentil solicitud realizada en reunión el día 24 de Octubre de 2013, en las oficinas de la DIAN – sede Cali, con delegados de la Asociación de Estudios Grupo de los 100 y La Asociación de Contadores Públicos del Valle del Cauca, ADECONTA, nos permitimos respetuosamente realizar las siguientes observaciones y hacer recomendaciones al proyecto de la referencia.
l. Los obligados a presentar información exógena, según el proyecto comprende a las personas naturales obligadas a presentar declaración de renta con ingresos brutos superiores a $500.000.000, y a las personas jurídicas con ingresos brutos superiores a $100.000.000.
Consideramos que no hay un argumento válido y razonable para una diferenciación en los ingresos de las personas jurídicas y de las personas naturales.
El monto de ingresos es muy bajo y habrá personas que por cumplir con esta obligación se verán afectadas seriamente en sus ingresos, pues tendrán que adquirir un software costoso que les genere la información.
El incluir dentro de los ingresos brutos, los ingresos extraordinarios hace todavía más crítica y cuestionable la situación, pues una persona con solo vender un activo fijo podría verse obligada a informar, aunque sus ingresos operacionales sean realmente bajos. Téngase en cuenta que la venta de activos fijos como vehículos y bienes raíces son reportados por las secretarias de transito y notarias respetivamente, lo cual duplica la demanda de información.
Recomendaríamos que se suba el monto de los ingresos a UN MIL DOSCIENTOS MILLONES ($1.200.000) de ingresos operacionales, tanto para personas jurídicas como naturales.
Título I Articulo 2º Numeral 3 y 4 Con el objeto de mantenerse dentro del concepto de materialidad de la información, se recomienda poner una base mínima razonable para informar.
En los Numerales 5 y 6 no los consideramos procedentes dado que la información la puede solicitar la DIAN al sistema general de salud y seguridad social.
Título II. Art. 5. Propuesta: Consideramos que la Dian tiene en su base de datos toda la información de los contribuyente, por lo cual no debería obligar a reportar datos como: Dirección, actividad económica, código país. Código departamento, código municipio, correo electrónico, teléfono fijo, teléfono celular.
Título III. Art. 6 Parágrafo 2. Propuesta. Se establezcan bases. Adicionalmente se solicite directamente a las entidades respectivas la información referente a Seguridad Social en general (EPS, Fondo de Pensiones, ARL, Caja, ICBF).
Título IV Capitulo 4 Art. 19 Información por la compra de bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques o vales, para beneficio de los trabajadores. Propuesta: que se coloque una base mínima razonable desde la cual se debe reportar y esta información se pida anual, no semestral.
Capitulo 5 Art. 20 Información de nomina y liquidación de prestaciones sociales. Capítulo 6 Art. 21 Información de iniciación o terminación de cada una de las relaciones laborales o legales y reglamentarias y/o de prestación de servicios. Propuesta: establecer bases mínimas razonables desde la cual informar, para el año 2.012 se tuvo como base mínima DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000.oo)
Definitivamente es demasiada la información solicitada, el gremio de contadores nos preguntamos, realmente la DIAN está preparada para revisar y utilizar toda esta información?
Adicionalmente tendría que dar un tiempo prudencial a todas las empresas para adecuar su software contable y seguramente se tendrá que contratar más personal, el cual es pagado por la empresa privada.
Título V Capitulo 5. Personas o Entidades no obligadas a llevar contabilidad
Nos parece contradictorio que si no están obligadas a llevar contabilidad soliciten información exógena. En adelante tendrán que hacerlo para poder cumplir con esta obligación.
Teniendo en cuenta que el proyecto de ley de información exógena contiene muchos cambios relevantes, elevamos las siguientes peticiones de aspecto general:
Por último queremos expresar nuestras más sinceros agradecimientos por permitirnos compartir estos espacios, que abren canales de comunicación directos entre la Dian y un equipo de profesionales idóneos, que realmente viven el día a día en los departamentos de Contabilidad e Impuestos en las empresas y que igualmente contribuirán a la Dian en el mejoramiento continuo de todos los procedimientos tributarios.
Atentamente,
MIGUEL ANGEL GARCIA
Presidente Asociación Centro de Estudios Grupo de los 100
JOSE J. PENILLA M.
Presidente Asociación de Contadores Públicos del Valle del Cauca ADECONTA