Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Con ganas de emprender? Estos son los impuestos que debe tener en cuenta


¿Con ganas de emprender? Estos son los impuestos que debe tener en cuenta
Actualizado: 22 julio, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • 1. Seguridad social
  • 2. Aporte a parafiscales
  • 3. Declaración de renta
  • 4. Descuentos de retefuente

El 85% de los colombianos manifestaron en el 2015 su deseo de emprender y de este porcentaje el 60% está preparado para dar el paso inicial de su negocio. Recuerde que se deben asumir obligaciones dentro de la actividad comercial. A continuación planteamos el listado de impuestos a tener en cuenta.

Según el más reciente Reporte Global de Emprendimiento elaborado para el 2015 por la compañía Amway, los colombianos cada vez están emprendiendo más. Según la firma, en Colombia 9 de cada 10 personas encuestadas tiene una actitud positiva respecto al emprendimiento. Del 85% de nacionales que en el 2015 manifestaron sus deseos de emprender, el 60% se siente preparado para poner en marcha un negocio propio.

Por otra parte y según el Índice de Espíritu Emprendedor, cuya metodología mide el deseo, factibilidad y estabilidad para nuevos negocios, el puntaje de Colombia es de 59, por encima del promedio internacional, que se ubicó en 51.

El 42% de los encuestados en Colombia indicaron que el temor a fracasar es un obstáculo para iniciar un negocio; sin embargo, ven este aspecto como una barrera menor que el promedio de los países encuestados a nivel mundial, que se ubicó en 70%.

“las personas naturales que se aventuran a sacar adelante su negocio deben tener en cuenta que asumen tanto los derechos como las obligaciones de su actividad comercial”

Pero si el propósito es emprender, las personas naturales que se aventuran a sacar adelante su negocio deben tener en cuenta que asumen tanto los derechos como las obligaciones de su actividad comercial.

Por lo general, estas personas pertenecen al régimen simplificado que, según el artículo 499 del Estatuto Tributario, deben tener algunas características específicas. Si no cumplen con las especificaciones, las personas naturales deberán ser registradas en el régimen común. Teniendo en cuenta lo anterior, una persona natural perteneciente al régimen simplificado está obligada a pagar los siguientes impuestos:

1. Seguridad social

Al contar con un grupo de empleados hay que asegurarlos a EPS, pensión y ARL. Incluso, si el emprendedor trabaja solo como independiente debe pagar su propia seguridad social, registrándose con el salario que esté recibiendo.

2. Aporte a parafiscales

Las personas naturales independientes no están obligadas a pagar parafiscales –ICBF, SENA y caja de compensación–, pero si usted por ejemplo es un ingeniero y contrata a dos o más personas, las vincula con un contrato laboral, cumple con las obligaciones establecidas por la ley para mantener una relación laboral y les paga menos de 10 salarios mínimos, estará exonerado de pagar parafiscales.

Pero en caso que cuente con menos de dos trabajadores, debe pagar sobre el 100% del salario, es decir, el porcentaje de 9% que es lo correspondiente al pago de parafiscales.

3. Declaración de renta

No todas las personas están obligadas a declarar o pagar este impuesto. En el caso de las personas naturales, lo deben hacer si sus ingresos superan 1.400 UVT, que para el 2016 equivalen a $39.591.000. Vale la pena decir que existen criterios para ser declarante. Las personas naturales que cumplan con alguno de estos, deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2015:

  • Poseer un patrimonio bruto en el último día del año gravable 2015 superior a 4.500 UVT.
  • Haber obtenido ingresos brutos superiores a 1.400 UVT.
  • Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 2.800 UVT.
  • Haber realizado compras y consumos superiores a 2.800 UVT.
  • Haber acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, por un valor superior a 4.500 UVT.

4. Descuentos de retefuente

Al ser una persona natural, por lo general, en lugar de una factura debe pasar una cuenta de cobro por el servicio que se prestó o el producto que vendió, del cual le descontarán un 11%, lo que pasará si, por ejemplo, trabaja por contrato de prestación de servicios. De igual manera se encuentra sujeto a la retención del 4×1000 que realizan las entidades bancarias por transacciones.

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