El 16 de abril de 2012, la DIAN publicó en su portal de Internet un prevalidador tributario especial con el cual se diligenciarían en estándar XML, las 12 hojas y 343 renglones del formato 1732 el cual es obligatorio de entregar para los contribuyentes personas naturales y jurídicas que llevaron contabilidad durante 2011, que usaron o vayan a usar el formulario 110 para su declaración de renta 2011, y que estén expresamente mencionados en el artículo 3 de la Resolución 017 de febrero 27 de 2012.
La publicación de dicho prevalidador es algo que causa extrañesa pues jurídicamente, en el texto de la Resolución 017, no se dijo por ningún lado que ese fuese un formato que se tuviera que diligenciar en estándar XML (no se mencionaron instrucciones, ni validaciones, ni esquemas XSD para el «encabezado» y para el «contenido» como sí se hizo en las Resoluciones 11423 a 11430 para los múltiples formatos mencionados en las mismas).
Y fue por eso que siempre hemos entendido que el Formato 1732 se iba a tener que diligencier directamente en el portal de la DIAN como si fuese otro formulario virtual más, pero sin entender que se tuviera que convertir a un archivo en estándar XML.
Frente a esto, la Dra. María del Pilar Roa, ex funcionaria de la DIAN, nos confirmó en correo electrónico que el Formato 1732 sí se va a presentar en XML por la misma opción de exógena, pero que a la DIAN le hace falta expresarlo directamente con una resolución.
El asunto entonces es que muchos ya han empezado a trabajar con ese prevalidador de la DIAN (el cual no podemos asegurar que esté bien diseñado pues no se conocen las instrucciones y validaciones y esquemas XSD que primero debe dar a conocer la DIAN), y al empezar a diligenciar sus renglones le han empezado a detectar muchas deficiencias (véase los más recientes boletines informativos de mayo de 2012 la firma www.tributarasesores.com.co).
Además, hay que recordar que desde que la Resolución 017 de febrero de 2012 incluyó el anexo con el diseño del Formato 1732 y las instrucciones simples para el diligenciamiento de sus renglones, se han podido detectar varios problemas en el diseño del formulario, los cuales entonces primero se deberían corregir antes de poner a diseñar un prevalidador tributario para convertirlo en XML.
En vista de lo anterior, es importante que la DIAN de claridad sobre este tema en forma urgente para que aquellos que no quieren perder tiempo y desean cumplir pronto con la obligación de entregar el Formato 1732 (el cual se supone lo debieron ir elaborando en borrador al mismo tiempo en que fueron haciendo su Formulario 110), sepan si lo tienen que entregar convertido en un archivo XML o si sencillamente lo digitarán renglón a renglón directamente en el congestionado portal de la DIAN
Debe recordarse que la Resolución 017 indicó que sin importar los números de los NIT de los obligados a entregar el formato 1732, el mismo se podrá entregar solo en forma virtual hasta dentro de los 3 meses siguientes al vencimiento para la presentación de la declaración de renta año gravable 2011 en el formulario 110. Es decir, que las personas jurídicas lo podrán entregar entre abril y junio de 2012 y las naturales entre septiembre y noviembre de 2012.