Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 006410 de 22-03-2017


Actualizado: 22 marzo, 2017 (hace 7 años)

DIAN
Concepto 006410
Marzo 22 de 2017

La Dian precisa que tanto en la importación como en la comercialización, el referente para determinar la exclusión del IVA en computadores personales, portátiles o de escritorio, es que su valor no supere las 50 UVT. En cuanto a los computadores importados y nacionalizados con anterioridad a la vigencia de la Ley 1819 de 2016, que sean enajenados en el 2017, gozarán de la exclusión en la comercialización siempre y cuando su valor no supere las 50 UVT.

Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (245 Kb)

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,