DIAN
Concepto 012166
Mayo 17 de 2017
La DIAN recuerda que las entidades que al 31 de diciembre de 2016 se encontraban clasificadas dentro del régimen tributario especial continuarán perteneciendo a dicho régimen, pero para su permanencia deberán cumplir el procedimiento establecido en el artículo 356-2 del ET.