Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 041203 de 05-07-2013


Actualizado: 5 julio, 2013 (hace 11 años)

DIAN
Concepto
041203
05-07-2013

***

Ref.: Radicado 01075 del 02/05/2013.

Plantea usted dos inquietudes que abordaremos en el mismo orden.

1- Solicita precisión frente a la modificación de tarifas del impuesto sobre las ventas efectuada por la Ley 1607 de 2012 y lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 633 de 2000.

Sobre este punto le informo que existen varios pronunciamientos de la Entidad, entre ellos, el Oficio 010748 del 25 de febrero de 2013 emanado de esta Subdirección y el Concepto 200 del 6 de marzo de este mismo año, expedido por la Directora de Gestión Jurídica, los cuales anexo para su conocimiento.

2. De otra parte, consulta en cuál de las casillas del nuevo formulario del IVA No. 300 deben reportarse aquellos ingresos y tarifas de impuesto generado y las adquisiciones y sus respectivos impuestos descontables, -que corresponden a tarifas no consideradas en el diseño del nuevo formulario.

Frente a este punto y teniendo en cuenta que el formulario del impuesto sobre las ventas prescrito por la Resolución 000021 de 2013, no prevé renglones para incluir tarifas distintas a las del 5% y 16%, envío copia del Concepto 038453 del 24 de junio del año en curso. Cabe mencionar, que el mismo está referido específicamente a las tarifas aplicables por efectos del artículo 69 de la Ley 1607 de 2012. No obstante, en armonía con la doctrina allí planteada se observa que en la medida que el responsable del impuesto sobre las ventas obtenga ingresos por operaciones gravadas a una tarifa distinta de las previstas en el formulario, soportada legalmente, como es el caso de las operaciones a que se refiere el artículo 78 de la Ley 633 de 2000, sin duda, deben ser objeto de la respectiva declaración, siguiendo las directrices fijadas en dicho concepto.

FINALMENTE, le informamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, http://www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"- dando click en el link "Doctrina Oficina Jurídica.

Atentamente,

LEONOR EUGENIA RUÍZ DE VILLALOBOS
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina

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