Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 041316 de 04-12-2017


Actualizado: 4 diciembre, 2017 (hace 6 años)

Ministerio de Hacienda y Crédito Publico
Concepto 041316
Diciembre 04 de 2017

El artículo 826 del ET establece la forma de notificación de mandamiento de pago, señalando que, por regla general, debe efectuarse de manera personal previa citación para el efecto y, excepcionalmente, en el caso en que el deudor no comparezca a notificarse personalmente, habrá de notificársele el mandamiento de pago por correo.

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