Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 044 de 19-01-2017


Actualizado: 19 enero, 2017 (hace 7 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 044
Enero 19 de 2017

En los nuevos marcos técnicos normativos no se hace distinción entre impuesto no recuperable o impuesto indirecto no recuperable, sin embargo, en criterio del CTCP, los impuesto no recuperables de forma directa o indirecta, son aquellos que no pueden ser descontados en la fecha de reconocimiento inicial de la transacción, como por ejemplo, el impuesto sobre las ventas en la adquisición de inventarios.

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