Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 044628 de 01-06-2009


Actualizado: 1 junio, 2009 (hace 15 años)

DIAN
Concepto 044628
01-06-2009

***

 

Ref: Consulta radicado número 28976 de 07/04/2009.

Atento saludo Sra Deysi Esperanza.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, en materia aduanera o de comercio exterior en lo de competencia de la DIAN y en materia de control cambiarlo por importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones, razón por la cual su consulta se absolverá en el marco de la citada competencia.

Consulta qué impuestos debe declarar y pagar en Colombia, una empresa, sucursal de una compañía extranjera, constituida en Colombia para la prestación de servicios a la Embajada Americana.

Sobre este particular le remito los Conceptos Jurídicos Nos.000298 de 2002, Concepto 00001 de 2003 (Problema 058) y 052531 de 2004, proferidos por la Oficina Jurídica de la DIAN por ser la doctrina oficial vigente.

Además le informo que de conformidad con el literal a) del artículo IV del Convenio General para Ayuda Económica y Técnica y Afín entre el gobierno de Colombia y el gobierno de Estados Unidos de América, los bienes o fondos utilizados o que se utilizaren con relación a este Convenio por parte del Gobierno de los Estados Unidos de América o de cualquier contratista financiado por ese gobierno estarán exentos del pago de todo impuesto.." de tal forma que por el hecho de que una sociedad preste servicios a la Embajada Americana no puede entenderse que está ejecutando los recursos del Plan Colombia y en consecuencia tampoco puede hacerse acreedor a las exenciones allí previstas.

Atentamente,

ISABEL CRISTINA GARCES SANCHEZ
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica

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