Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 047512 de 05-08-2014


Actualizado: 5 agosto, 2014 (hace 10 años)

DIAN
Concepto 047512

05-08-2014

Tema: Progresividad del impuesto sobre la renta y complementarios.
Descriptores: Requisitos de vinculación de trabajadores e información.
Fuentes formales: Artículo 4 de la Ley 1429/10, artículo 4° del Decreto 4910 de 2011.

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Ref: Radicado 17889 del 20/03/2014
  
Cordial saludo, Dr. D’costa:

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 0006 de 2009, es función de este Despacho absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad, ámbito dentro del cual se atenderán sus inquietudes.

En relación con la aclaración que solicita respecto de algunos apartes del Oficio Nro. 068204 de octubre 24 de 2013, me permito en su orden hacer las siguientes precisiones.

1- El literal b) del numeral 1° del artículo 6° del Decreto 4910 de 2011, dentro de los requisitos generales que deben cumplir las Nuevas Pequeñas Empresas antes del 31 de diciembre del correspondiente año de inicio del beneficio de progresividad, establece que para efectos del control, éstas deberán allegar a la respectiva Dirección Seccional de Impuestos o Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de su jurisdicción una certificación escrita del contribuyente o representante legal de la empresa, "que se entenderá expedida bajo la gravedad del juramento", en la que manifieste, entre otros:

"… 3. El número de trabajadores con relación laboral al momento del inicio de la actividad económica y tipo de vinculación".

Como los beneficios que trae la Ley 1429 de 2010, incluyen además de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta, la progresividad en el pago de los aportes parafiscales en cabeza del empleador por los trabajadores vinculados a la Pequeña Nueva Empresa, deberá entenderse que se trata es de trabajadores con vínculo laboral mediante contrato de trabajo en los términos del artículo 22 de Código Sustantivo de Trabajo, esto es, que en efecto tengan todas las prestaciones sociales señaladas por la Ley Laboral y se desarrollen con rigurosidad bajo los elementos que constituyen un contrato de trabajo.

Así las cosas, de la norma referida surge la obligación de carácter legal de suministrar a la DIAN, dentro de los términos previstos tanto el número de trabajadores con relación laboral al momento del inicio de la actividad económica y el tipo de vinculación, que para el caso, corresponde a los trabajadores vinculados bajo contrato laboral de acuerdo con nuestro Código Sustantivo del Trabajo.

2- Acorde con lo expuesto en el punto anterior, el Decreto 4910 de 2011 establece de manera clara y concreta que el memorial o certificación entregada con la información requerida por parte de la Nueva Pequeña Empresa, mediante la cual se pretende acoger al beneficio de progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y complementarios, de que trata el artículo 4 de la Ley 1429 de 2010, está amparada por el entendido de haberse expedido bajo la gravedad de juramento, sin que, para su validez haya lugar a presentar una declaración juramentada reconocida ante autoridad alguna.
3- El fundamento legal de lo precisado en los puntos que anteceden, está dado por el texto reglamentario de la Ley 1429 de 2010 en su Decreto 4910 de 2011.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y de manera cordial le informamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.cohttp://www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"- dando click en el link "Doctrina" – "Dirección de Gestión Jurídica.”

Atentamente,

YUMER YOEL AGUILAR VARGAS
Subdirector de Gestión de Normativa y Doctrina

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