Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 050069 de 29-12-2016


Actualizado: 29 diciembre, 2016 (hace 7 años)

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Concepto 050069
Diciembre 29 de 2016

Respecto a la viabilidad del cobro y recaudo por vendedores ambulantes y estacionarios por parte de un municipio, el Ministerio de Hacienda señala que desconoce el fundamento legal de un impuesto que grave de manera puntual a estos vendedores y estacionarios; no obstante, precisa que este tipo de actividades pueden ser gravadas con el ICA en la medida en que se encuentran comprendidos dentro del hecho generador del mismo.

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