Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 056239 de 05-09-2013


Actualizado: 5 septiembre, 2013 (hace 11 años)

DIAN
Concepto 056239

05-09-2013

***

Ref.: Solicitud radicado número 0138 del 20/08/2013.

Atento saludo Señora Mercedes

En atención al radicado de la referencia, mediante el cual solicita hacer las verificaciones y correcciones a posibles inconsistencias que se presentan en la información exógena remitida por la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C., me permito manifestarle que la obligación de efectuar las mismas está a cargo de la referida secretaría, de conformidad con el procedimiento establecido en los numerales 7, 7.1. y 7.2. de la cartilla "Presentación de la información por envío de archivos V.2.0. – DIAN Bogotá, mayo de 2012" texto que me permito transcribirle para los efectos que se considere pertinentes:

"7. Reemplazar solicitud anterior

Si después de diligenciada una solicitud, desea corregirla o si la DIAN le comunicó que encontró algún error en la información recibida, usted debe diligenciar una solicitud de reemplazo.

Lo primero que debe hacer antes de diligenciar la solicitud de reemplazo es realizar las correcciones a la información presentada originalmente y colocar nuevamente en la Bandeja de Entrada los archivos que formen parte de la solicitud de reemplazo. Consulte el numeral 3. Colocar archivos de esta cartilla.

Una vez haya colocado nuevamente los archivos corregidos, haga clic en la opción Reemplazar solicitud de envío de archivos:

7.1 Reemplazo total de una solicitud anterior

Utilice el reemplazo total de una solicitud para los siguientes casos:

Error de encabezado en alguno de los archivos presentados.

Error en el número total de registros reportados en la solicitud.

Cuando se va a modificar el número total de registros reportados.

Cuando se desee cambiar el contenido de registros que no reportaron error.

Si una solicitud de reemplazo total presenta errores, solamente podrá reemplazarse con otra solicitud de reemplazo total.

7.2. Reemplazo parcial de una solicitud anterior

Utilice el reemplazo parcial de una solicitud en caso de querer corregir únicamente los registros que se reportan como error de una solicitud anterior. Recuerde que si desea modificar registros que no reportaron error o adicionar nuevos registros deberá utilizar un reemplazo total.

El número de registros presentados con la solicitud de reemplazo parcial debe coincidir con el número de registros con error de la solicitud anterior”.

De otra parte es preciso manifestarle que de conformidad con lo previsto por el numeral 4 del artículo 17 del Decreto 4048 de 2008, la Subdirección de Gestión Análisis Operacional, debe formular, evaluar y ajustar planes, programas, y/o campañas de control, facilitación, comunicación interna y divulgación, así como establecer metas, recursos e indicadores de acuerdo con la ley, el plan estratégico y el modelo gestión para su aprobación y ejecución de las áreas responsables.

El procedimiento en mención, es conocido por todos los obligados a enviar este tipo de información a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Atentamente,
  
ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ
Directora de Gestión Jurídica

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