Superintendencia de Industria, Comercio y Turismo
Concepto 15158954
15-07-2015
Toda persona que, con motivo de su trabajo, tenga acceso a un secreto empresarial sobre cuya confidencialidad se le haya advertido, deberá abstenerse de usarlo o divulgarlo sin causa justificada o sin consentimiento de la persona que lo posea, por lo que la terminación del vínculo laboral no da por terminada la protección del secreto empresarial.