Concepto 1582 de 14-09-2018


DIAN
Concepto 1582
Septiembre 14 de 2018

La Dian reitera que las donaciones realizadas por una entidad del régimen tributario especial –RTE– no se pueden tratar como egreso, en consideración a lo señalado en el artículo 257 del ET, el cual establece que todas las donaciones se tratarán como descuento tributario.

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