Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 222163 de 23-12-2014


Actualizado: 23 diciembre, 2014 (hace 9 años)

Ministerio del Trabajo
Concepto 222163

23-12-2014

Prima de servicios del nivel territorial.

En atención a la comunicación referenciada en el asunto, a través de la cual efectúa consulta relacionada con la Prima de servicios, le informo:

Mediante el Decreto 2351 del 20 de noviembre de 2014, "por el cual se regula la prima de servicios para los empleados públicos del nivel territorial", fue reconocida la prima de servicios a favor de los empleados públicos del nivel territorial, de la siguiente manera:

" Todos los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial, a las Asambleas Departamentales, a los Concejos Distritales y Municipales, a las Contralorías Territoriales, a las Personerías Distritales y Municipales y el personal administrativo del sector educación, tendrán derecho, a partir de, 2015, a percibir la prima de servicios de que trata el Decreto Ley 1042 de 1978 en los mismos términos y condiciones allí señalados y en las normas que lo modifican, adicionan o sustituyan."

ANDREA PATRICIA CAMACHO FONSECA
Coordinadora
Grupo Interno de Trabajo de Atención de Consultas en materia de Seguridad Social Integral Oficina Asesora Jurídica

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