Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 255019 de 21-12-2012


Actualizado: 21 diciembre, 2012 (hace 11 años)

Ministerio de Salud y Protección Social
Concepto 255019

21-12-2012

Asunto: Aplicación e interpretación de la Resolución 8430 de 1993.

Respetada señora Mabel Andrea:

Hemos recibido su comunicación mediante la cual formula varias preguntas relacionadas con la aplicación e interpretación de la Resolución 8430 de 1993. Al respecto y previas a las siguientes consideraciones, me permito señalar lo siguiente:

El artículo 1 de la Resolución 8430 de 1993 "Por la cual se establecen las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud" establece que:

"ARTICULO 1. Las disposiciones de estas normas científicas tienen por objeto establecer los requisitos para el desarrollo de la actividad investigativa en salud. "

De igual forma, el artículo 4 de la resolución precitada, prevé:

"ARTICULO 4. La investigación para la salud comprende el desarrollo de acciones que contribuyan:
a. Al conocimiento de los procesos biológicos y sicológicos en los seres humanos.
b. Al conocimiento de los vínculos entre las causas de enfermedad, la práctica médica y la estructura social.
c. A la prevención y control de los problemas de salud.
d. Al conocimiento y evaluación de los efectos nocivos del ambiente en la salud.
e. Al estudio de las técnicas y métodos que se recomienden o empleen para la prestación de servicios de salud.
f A la producción de insumos para la salud."

De conformidad con la normativa anteriormente citada, podemos colegir que la Resolución 8430 de 1993 tiene por objeto establecer los requisitos técnicos, científicos y administrativos para la actividad investigativa en salud, por tal razón, se debe señalar en cuanto a sus preguntas 1 y 2 que la norma mencionada constituye el marco legal básico para la actividad investigativa en salud del ser humano; es decir, que el ámbito de aplicación de la Resolución 8430 de 1993 se limita a regular los procedimientos de la investigación científica, enfocados en la generación de conocimiento sobre los aspectos determinantes en la salud de las personas.

En cuanto a su tercera pregunta debo señalar que no es muy clara, no obstante, es preciso indicar que las "investigaciones socio-jurídicas y jurídicas, abarca los problemas, implicaciones, objetivos y todo aquello concerniente a las relaciones entre el derecho y la sociedad, lo cual difiere como ya lo anotamos de las investigaciones científicas reguladas por la Resolución 8430 de 1993, toda vez que está tienen por objeto establecer los requisitos para el desarrollo de la actividad investigativa en beneficio de la salud de las personas.

El anterior concepto tiene los efectos determinados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

DENISSE GISELLA RIVERA SARMIENTO
Subdirectora de Asuntos Normativos
Dirección Jurídica

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