Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 27477 de 14-03-2008


Actualizado: 14 marzo, 2008 (hace 16 años)

DIAN
CONCEPTO 27477

14-03-2008

Tema:Procedimiento
Descriptor: Factura electrónica debe cumplir requisitos de la Resolución 14465 del 2007.

***

 SEÑOR
LUIS FERNEY MOJICA CARDONA
CARRERA 19B N° 81 B-45 APTO. 104 T. 21
BOGOTÁ

REFERENCIA: CONSULTA RADICADA BAJO EL N° 16578 DE 13/02/2008.

Cordial saludo señor Mojica:
Consulta acerca del procedimiento para conseguir la clave técnica mencionada en el artículo 4° de la Resolución 14465 de 28 de noviembre de 2007.

De conformidad con los artículos 11 del Decreto 1265 de 1999 y 10 de la Resolución 1618 de 2006, es función de este despacho absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, presupuesto bajo el cual será atendida su solicitud.

Sea lo primero manifestar, que para facturar electrónicamente se requiere autorización de la DIAN, previa solicitud del interesado que cumpla los requerimientos del
Decreto 1929 de 2007.

La Resolución 14465 de 2007, por medio de la cual se establecen las características y contenido técnico de la factura electrónica entre otros aspectos relacionados con esta modalidad de facturación, dispone que previos los requisitos de información que debe dar el contribuyente a la administración acerca de su voluntad para optar por este sistema de facturación; y de la autorización de numeración de facturación expedida por la subdirección de gestión y asistencia al cliente, “la clave técnica será entregada por la DIAN al obligado una vez autorice la numeración para facturar en forma electrónica y en lo sucesivo cuando el obligado lo requiera”, tal y como lo expresa el propio artículo 4° de la resolución mencionada por usted en su consulta.

En todo caso, los obligados a facturar que opten por esta forma electrónica, y así lo manifiesten a la DIAN, previo al inicio de la expedición de las facturas electrónicas, deberán cumplir con las características y contenido técnico establecidos en el Decreto 1929 de 2007 y la Resolución 14465 de 2007, y las demás que modifiquen o aclaren dicha normativa.

Cualquier inquietud sobre el particular puede consultarse a la subdirección de gestión y asistencia al cliente, ubicada en la carrera 6 N° 15-32 piso 16, teléfono 2972200.

El delegado División de Normativa y Doctrina Tributaria,
Camilo Villarreal G.

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