Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 372 de 26-04-2018


Actualizado: 26 abril, 2018 (hace 6 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 372
Abril 26 de 2018

Cuando los activos y los pasivos por impuestos corrientes cumplen las condiciones de reconocimientos, los valores de la cuenta de provisiones por impuestos a las ganancias deber ser reclasificados a la cuenta de pasivos por impuestos corrientes, y los saldos a favor por impuesto a la renta, a la cuenta de activos por impuestos corrientes.

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