Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 414
Mayo 08 de 2018
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante el presente concepto, reitera que “El contador público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad”. Por ende, las actuaciones del revisor fiscal deben estar alineadas con lo planteado en la ley.