Consejo Técnico de la Contaduría Publica
Concepto 450
04-12-2014
En los casos en que no exista congruencia entre lo que revela la contabilidad, el libro de actas y el libro de accionistas, los libros de comercio no podrían servir como medio probatorio por cuanto estos son documentos en donde los entes realizan los registros de sus operaciones, los cuales forman parte integral de la contabilidad y al no coincidir, no tendrían valor probatorio.