Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 050265 de 14-08-2014


Actualizado: 14 agosto, 2014 (hace 10 años)

DIAN
Concepto 050265
14-08-2014

La exclusión del Impuesto a las ventas no corresponde a la forma legal en la que se haga el contrato sino al tipo de bienes que se vendan, así pues según la DIAN, estará sometida al impuesto toda venta de bienes que no correspondan a los previstos en el artículo 424 del Estatuto Tributario; de igual forma pasará con los servicios no excluidos.

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