Ministerio del Trabajo
Concepto 53890
Diciembre 15 de 2019
El Ministerio del Trabajo aclara que los trabajadores del servicio doméstico deben ser contratados directamente por su empleador, y ostentan los derechos de cualquier trabajador en cumplimiento de las condiciones especiales; dada una contratación diferente se configura la tercerización ilegal.