Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 546 de 03-12-2014


Actualizado: 2 diciembre, 2014 (hace 9 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Publica
Concepto 546

03-12-2014

La existencia de un activo o pasivo por impuesto diferido derivado del crédito mercantil, solo puede establecerse con posterioridad a que la entidad estime el monto de sus activos o pasivos en su estado de situación financiera de apertura separado y en su estado de situación financiera de apertura consolidado, cifras que son necesarias para establecer los efectos futuros que se derivan de las diferencias entre las bases contables y fiscales. 

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