Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 006624 de 24-03-2017


Actualizado: 24 marzo, 2017 (hace 7 años)

DIAN
Concepto 006624
Marzo 24 de 2017

Las donaciones o apoyos realizados a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen tributario especial no serán ingresos gravables para éstas y, por ende, no estarán sometidos a retención en la fuente; sin embargo, es necesario que la entidad beneficiaria cumpla con las condiciones señaladas en el artículo 125-1 del ET.

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