Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 749 de 30-08-2017


Actualizado: 30 agosto, 2017 (hace 7 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 749
Agosto 30 de 2017

El CTCP señala que si al cierre del período los recursos causados (pagados y por cobrar) no han sido utilizados de conformidad con lo establecido en la Ley 675 de 2001, la entidad deberá constituir la reserva para el fondo de imprevistos correspondiente, cargando los resultados o excedentes del período.

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