Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 834 de 12-09-2019


Actualizado: 12 septiembre, 2019 (hace 5 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 834
Septiembre 12 de 2019

El CTCP recordó que los dividendos por pagar deben ser presentados en el grupo de pasivos corrientes, aunque correspondan a partidas que se hayan acumulado durante varios años, ello como consecuencia de que la ley ha establecido que son exigibles en un término inferior a un (1) año.

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