Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 84769 de 16-10-2009


Actualizado: 16 octubre, 2009 (hace 15 años)

DIAN
Concepto 84769
16-10-2009

Tema Retención en lo fuente.
Descriptores Prima de Costo de Vida,
Fuentes Formales Ley 4 de 1992. Art poto 3167 de, 2009 atr., 5.

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Cordial saludo Dra. Liliana:

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de 2009, es función de esto Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobra la. Interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarlas en lo de competencia de la entidad.

Consulta, cómo se deben diligenciar las declaraciones mensuales de retención en la fuente, los certificados de Ingresos y retenciones y la respectiva declaración de Impuesto sobra la renta y complementarios, para repletar el pago de la prime de costo de vida de los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecida por el artículo SI? del Decreto 3357 de 2009.

Al respecto este despacho procederá a dar respuesta en el entendido de que la consulta está referida el alcance del artículo 5 del Decreto 3367 de 2009, para el tratamiento de la prima de costo de vida en la declaración del Impuesto sobre la renta y en el cálculo de la base de retención en la fuente de estos servidores públicos.

La Ley 4° de 1992, en su artículo 5°, señala.

"ARTICULO 50. En el caso de lee funcionarios del servicio exterior, el Gobierno Nacional fijaré lo remuneración mensual en dólares de lea Estados Unidos de Norteamérica.

Para la determinación de la prima de costo de vida unicamente se tendré en cuente ese factor, el cual o podrá considerarse para ningún otro efecto,

PARÁGRAFO, No obstante lo dispuesto en este artículo, cuando existen condiciones especiales, el Gobierno Nacional podrá fijar la asignación mensual en monedas diferentes al dólar de, los Estados Unidos de Norteamérica, previo concepto del Consejo Nacional de Política Económico y Social, Conpes,

De la misma manera, el Gobierno Nacional podrá establecer primas especiales de gestión y representación en embajadas que el Gobierno Nacional determine,"

De acuerdo con lo anterior, el Gobierno Nacional mediante el artículo 50 M Decreto 3357 de septiembre 7 da 2009 estableció:

"Prima de costo de. vida: A partir de lo vigencia del presente decreto y de acuerdo con lo previsto por el artículo 5 del Ley 4 de 1992, establece una prima de costo de vida que llene por objeto equiparar el Ingreso real en pesos de los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores que se encuentren prestando servicios en el exterior, a las condiciones económicas y cambiarlas de los países de destino, Como quiera que este pago no se traduce en un Incremento noto del patrimonio del funcionario, el mismo no tiene carácter remuneratorio.

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En la declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios de los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores de que trate el mencionado artículo 5, la denominada "prima de costo de vida" al no producir un Incremento neto del patrimonio, no debe registrarse como Ingreso y tampoco es base para el cálculo de la retención en la fuente, .al no cumplir con el presupuesto del articulo 20 del Estatuto Tributarlo,

Acorde con lo anterior para el cálculo de la base mensual de retención en la fuente, este valor no. computo con los demás pagos efectuados el trabajador y adicionalmente ®n el procedimiento número ro, dos (2), no se toma en cuenta para establecer el porcentaje fijo de retención,

En el Certificado de Ingresos y Retenciones que expide anualmente el empleador, el total de la "prima e costo de vida" deberá figurar en lo casilla; "Otros ingresos originados en la relación laboral". Formularlo 220.

Finalmente, le Informamos que puede consultar la base de conceptos expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su página de INTERNET, www.dian.gov ingresando por el ícono de "Normatividad" — " técnica” dando clik en oí link "Doctrina Dirección de Gestión Jurídica.

Atentamente,

ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina

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