Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 889 de 16-10-2017


Actualizado: 16 octubre, 2017 (hace 6 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 889
Octubre 16 de 2017

Las contraprestaciones económicas obtenidas por la explotación de bienes comunes son para el beneficio común de la copropiedad y se deberán destinar al pago de expensas comunes del edificio o conjunto, o a los gastos de inversión, según lo decida la asamblea general.

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