Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 93078 de 22-09-2008


Actualizado: 22 septiembre, 2008 (hace 16 años)

Concepto 093078
22-09-2008
DIAN

 Tema: Timbre
Descriptor: Vigencia de conceptos DIAN sobre exención de bienes y fondos dañados de los contratistas que no se extienden a los ingresos.

***

SEÑORA
VIVIANA SÁNCHEZ CASTILLO
NOTINET LTDA.
DIAGONAL 42 A N° 19-17
BOGOTÁ, D.C.

REFERENCIA: CONSULTA RADICADA N° 78599 DE 29/07/2008.

Cordial saludo, señora Viviana:
Conforme con lo establecido en los artículos 11 del Decreto 1265 de 1999 y 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Solicita se le informe sobre la vigencia de los conceptos 030306 de 2005 y 105863 de 2006 respecto de la aplicación del artículo 96 de la Ley 788 de 2002 y los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto 540 de 2004. Sobre el particular se informa que a la fecha los pronunciamientos mencionados constituyen doctrina vigente de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Sin embargo, es importante precisar, que en el numeral segundo del Oficio 105863 de 2006, se mencionó el Oficio 077058 de 2004, como fundamento de la respuesta dada al consultante en el sentido de que la exención de que gozan los bienes y fondos dañados (L. 788/2002, art. 96) no se extiende a los ingresos recibidos por los contratistas, así el pago se realice con los mismos recursos objeto de la donación, como lo precisa el Concepto 052531/04.

Ahora, si bien es cierto que el Oficio 030306 de 2005, revocó el Oficio 077058 de 2004, esta decisión solo abarca lo afirmado respecto del impuesto de timbre nacional.

Finalmente, se le informa que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con  el fin de facilitar el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet, www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el ícono de “Normatividad” —“técnica”—, dando clic en el link “Doctrina Oficina Jurídica”.

La jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria,

Isabel Cristina Garcés Sánchez

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