Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Conceptos 002829
Febrero 01 de 2017
El Ministerio de Hacienda señala que la condición especial de pago de que trata el artículo 356 de la Ley 1819 de 2016 aplica para los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables de tributos administrados por las entidades territoriales indistintamente de que hayan sido, o no, objeto de imposición de sanciones.