Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conciliación de pago de pensión entre empleadores y trabajadores del servicio doméstico


Actualizado: 25 octubre, 2021 (hace 2 años)

Responde conferencista: Angie Vargas

¿En qué casos los empleadores y los empleados del servicio doméstico pueden conciliar sobre el pago de pensión?  

Pregunta resuelta 21 octubre 2021

La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, menciona en qué casos los empleadores y los empleados del servicio doméstico pueden conciliar sobre el pago de pensión, según lo señalado en el artículo 43 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–.

Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Derechos laborales ciertos e indiscutibles no son conciliables.

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