Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conciliación fiscal año gravable 2017 y diligenciamiento del formato 2516


Ficha técnica:

  • Categoría: Impuestos
  • Fecha de publicación: Septiembre 21 de 2018
  • Fecha de grabación: Septiembre 14 de 2018
  • Duración: 1 hora 47 minutos
Actualizado: 21 septiembre, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Qu

Según la reglamentación efectuada por el Decreto 1998 de 2017, el reporte de conciliación fiscal deberá ser presentado virtualmente por quienes tengan ingresos brutos anuales superiores a 45.000 UVT. Este reporte deberá ser presentado entre el 24 de octubre y el 7 de noviembre del presente año.

Según lo establecido en el artículo 21-1 del ET, los marcos normativos contables vigentes en Colombia solo se aplican a nivel fiscal cuando la ley tributaria remita expresamente a ellas. En este sentido, el cumplimiento de lo consagrado en este artículo implica que se generen ciertas partidas conciliatorias por ajustes realizados con la aplicación de los Estándares Internacionales, los cuales difieren del tratamiento fiscal. 

 De esta manera, el Ministerio de Hacienda, a través de la expedición del Decreto 1998 de 2017 reglamentó el artículo 772-1 del ET, en el cual se establece que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deberán contar con un sistema de control o conciliación de las diferencias que surjan de la aplicación de los nuevos marcos normativos contables y lo estipulado en las normas fiscales. Así, la Dian determinó que, para el cumplimiento de esta obligación tributaria, sería indispensable el diligenciamiento del formato el 2516 aplicable a personas jurídicas, cuyo prevalidador aún no ha sido publicado. 

 Objetivos   

  1. Conocer la normatividad aplicable al proceso de conciliación fiscal del año gravable 2017. 
  2. Comprender cuáles son los efectos tributarios de la adopción de los Estándares Internacionales. 
  3. Entender cómo se diligencia el formato 2516 para el reporte de conciliación fiscal. 

 Temario 

  • Efectos de los Estándares Internacionales en los impuestos. 
  • Marcos técnicos normativos contables. 
  • Tipos de diferencias que pudieron surgir al elaborar la declaración de renta. 
  • Generalidades sobre el impuesto diferido. 
  • Normatividad sobre el proceso de conciliación fiscal. 
  • Formato 2516: 
    • Obligados a diligenciarlo. 
    • ¿Cómo se diligencia? 
    • ¿Quiénes están obligados a transmitirlo? 
    • Secciones que integran la conciliación fiscal. 

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Alexander Cobo Barrera
Contador público de la Universidad del Valle. Especialista en gerencia tributaria y docencia para la educación superior. Posee una experiencia de 18 años como asesor y consultor empresarial en materia tributaria, además de un extenso recorrido en el ejercicio de la revisoría fiscal. Ha sido consultor en procesos de implementación de NIIF para Pymes. En el ejercicio de la docencia ha tenido una amplia trayectoria en la Universidad del Valle; así mismo, en el diplomado en impuestos de la Universidad del Valle sede Tuluá, siendo titular en las cátedras de matemáticas financieras, contabilidad general, auditoría, contabilidad de costos y derecho tributario empresarial. Autor de las publicaciones como “Declaración de renta para personas naturales 2014” y “Cartilla de actualización tributaria 2015”; también ha participado como escritor para la revista "Acopi Informa" - Cauca y fue conferencista en entidades gremiales como Acopi Cauca y Fenavi. En la actualidad es conferencista de Actualícese a nivel nacional, en materia de impuestos, y es socio fundador y conferencista de la compañía Grupo ACB consultores y asesores SAS.
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