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Condición de moroso no puede ser título para que carga tributaria sea reducida


Actualizado: 5 septiembre, 2016 (hace 8 años)

Según la Corte Constitucional es desigual e inequitativo otorgar beneficios tributarios a quienes se encuentren en mora. Estos tratamientos preferenciales estarían viciados de inconstitucionalidad.

Resulta desigual e inequitativo otorgar beneficios a los contribuyentes que están en mora, recordó el Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta los argumentos de la Corte Constitucional expuestos, entre otras, en la Sentencia C-743 del 2015.

Los tratamientos preferenciales a favor de los morosos estarían viciados de inconstitucionalidad, pues esta condición no puede ser título para ver reducida la carga tributaria.

Se declaró inexequible el artículo 57 de la Ley 1739 del 2014, relativo a una condición especial de pago que ofrecía a los contribuyentes con obligaciones pendientes de periodos 2012 y anteriores rebaja en los intereses de mora.

En el fallo, se señaló que la ley en cuestión estaba retroactivamente produciendo una inequitativa distribución del esfuerzo tributario.

Fuente: Ministerio de Hacienda.

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