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La información exógena es un requerimiento fundamental en el sistema tributario colombiano. Para el año gravable 2024 se han implementado cambios significativos a través de las resoluciones 000162 de 2023 y 000188 de 2024 de la Dian. Estas modificaciones afectan tanto a la estructura de la información requerida como a los sujetos obligados a presentarla.
En esta conferencia, María del Pilar Duitama, contadora pública, aborda mediante un análisis detallado el reporte de información exógena, explicando los aspectos clave de estos cambios, proporcionando un panorama completo para su adecuada comprensión y aplicación.
Encuentra aquí los detalles:
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Una de las principales novedades es que la Resolución 000162 de 2023 establece un marco regulatorio permanente para la información exógena. Esto significa que, en lugar de expedirse una nueva resolución cada año, esta será la base para los años subsiguientes, con posibles modificaciones específicas que se emitirán a través de resoluciones complementarias, como la Resolución 000188 de 2024.
Conoce cómo funciona la resolución permanente para reportes de exógena y qué implica para tus obligaciones:
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Uno de los cambios más importantes es la definición de los sujetos obligados a presentar información exógena.
La Resolución 000162 de 2023 establece que las personas naturales, jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y otros obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente, IVA y timbre, deben presentar esta información.
Además, se ha introducido un nuevo criterio basado en valores absolutos en pesos que utilizará la unidad de valor tributario –UVT– como criterio de evaluación.
Criterio | Resolución anterior (001255 de 2022) | Nueva resolución (000162 de 2023) |
Ingresos brutos de personas naturales | 500 millones de pesos | 11.800 UVT |
Ingresos del régimen simple | 500 millones de pesos | 11.800 UVT |
Retención en la fuente | Aplicaba a quienes practicaban retenciones. | Se amplía a quienes están obligados a practicarlas. |
Es importante que los contribuyentes revisen cuidadosamente si cumplen con los criterios de obligación para evitar sanciones y omisiones en la presentación de la información.
Se han incorporado más de 20 formatos nuevos, con especial énfasis en detallar la información financiera de los contribuyentes. Destacan los siguientes:
Estos cambios requieren una mayor atención al detalle y una planificación cuidadosa por parte de los contribuyentes.
Todas las cuantías mínimas y valores a reportar deben calcularse en UVT, lo que obliga a los contribuyentes a realizar las conversiones correspondientes según la UVT vigente.
Los vencimientos ahora se calculan en días hábiles, por lo que se recomienda revisar detalladamente el calendario tributario para evitar sanciones por presentación tardía.
📢 Atención: los plazos de la exógena ahora se cuentan en días hábiles. Descubre en este video qué cambia y cómo te afecta:
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La Resolución 000188 del 30 de octubre de 2024 establece 10 ajustes al texto de la Resolución 000162 de 2023. Se modificaron las fechas de vencimiento contempladas en la tabla del artículo 65, puesto que ahora se usarán los plazos con el término “días hábiles”.
En el Decreto 2229 de 2023, que estableció el calendario tributario perpetuo para los años gravables 2024 y siguientes, según esta modificación, las fechas de inicio a considerar para la presentación de la información exógena del año gravable 2024 durante el año 2025 serían las siguientes:
Tipo de contribuyente | Fecha de inicio |
Grandes contribuyentes | 24 de abril de 2024 |
Personas naturales y jurídicas | 14 de mayo de 2024 |
La correcta presentación de la información exógena es crucial para evitar sanciones tributarias.
La normativa establece sanciones significativas por errores o incumplimientos, por lo que es esencial que los contribuyentes se familiaricen con los cambios y realicen una planificación adecuada.
Es fundamental que los contadores y responsables de áreas tributarias se capaciten y actualicen constantemente sobre las novedades en la normativa.
Participar en Capacitaciones, leer las resoluciones y debatir con colegas son prácticas recomendadas para asegurar el cumplimiento adecuado.
Utilizar herramientas y recursos adecuados, como calendarios tributarios detallados y software de gestión tributaria, puede facilitar el cumplimiento de las obligaciones de información exógena.
Además, es recomendable contar con el apoyo de auxiliares y asistentes bien capacitados.
✔ Leer y estudiar las resoluciones 000162 de 2023 y 000188 de 2024 en su totalidad.
✔ Realizar simulaciones previas para determinar si se está obligado a presentar información exógena.
✔ Mantener un control riguroso de los registros contables, especialmente en lo referente a caja y patrimonio.
✔ Capacitarse constantemente para mantenerse al día con las actualizaciones normativas y evitar errores que puedan derivarse en sanciones.
María Del Pilar Duitama
Es contadora pública conocida en las redes sociales como Miss Pili. Fundadora y líder de investigación y capacitación de la Escuela de Formación y Enseñanza Contable Confiar, gerente general de Confiar Asesorías Contables y Tributarias, oficial de cumplimiento. Especialista en Derecho Tributario. En más de 20 años de experiencia ha aportado su conocimiento e implementado las normas internacionales en más de 50 empresas del grupo 1, 2 y 3.
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