Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conferencia: Tasa de tributación depurada: mitos y realidades de la reforma tributaria


Actualizado: 17 marzo, 2023 (hace 1 año)

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En esta conferencia, Juan Fernando Mejía explica algunos mitos y realidades de un concepto que trae la reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, como es la tasa de tributación depurada.

La reforma tributaria creó una tasa mínima de tributación para las personas jurídicas, con la cual se pretende que la tarifa mínima de renta sea del 15 % sobre la utilidad antes de impuesto depurada.

En caso de que la tasa de tributación depurada sea inferior al 15 %, se deberá determinar el valor del impuesto a adicionar para alcanzar la tasa del 15 %.

Esta tasa es una regla modelo del Pilar 2, como parte del Marco inclusivo sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios en la economía digitalizada. Mejía, a través de ejemplos, explica la forma en que se aplicaría este tributo en Colombia.

No estarán sujetos a la tasa mínima de tributación, entre otros, las personas jurídicas no residentes fiscales en Colombia, las sociedades acogidas a los beneficios de las Zese durante el período en que su tarifa de renta sea del 0 % y las sociedades establecidas en zonas consideradas Zomac.

Acerca del conferencista

Juan Fernando Mejía es contador público de la Universidad de Antioquia, especialista en Impuestos de la Universidad Externado de Colombia y director del Grupo de Estudios Tributarios de Colombia.

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