Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conflicto entre los estándares internacionales de contabilidad e información financiera y las reglas prudenciales – Hernando Bermúdez Gómez


Estamos muy poco acostumbrados a la diversidad. Está bien probado que en muchas ocasiones preferimos comportarnos como los demás, porque así nos dejan en paz. A los que descuellan, ya por ser mejores o peores que la mayoría, muchas veces les toca padecer cierta resistencia y maltrato. Esto llega a la duplicación, tan conocida en materia de fórmulas que aprueban las autoridades, que nos presenta como una montonera que repite cosas, donde lo que importa no es tanto lo que se dice, sino que la autoridad no molestará.

A duras penas conocíamos la noción de estados financieros consolidados. Mas ahora, tenemos que pensar en consolidados, combinados, separados, individuales. Aunque para consolidar pongamos todas las entidades a aplicar las mismas políticas, estas bien pueden ser distintas en los estados separados, según lo sostuvo el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (radicación 371 de 2016). Posiblemente habría que incluir en los consolidados y en los separados, aclaraciones para evitar incorrectas deducciones, a las que se podría llegar si no se advierten las diferencias.

Como se sabe, el conflicto entre los estándares internacionales de contabilidad e información financiera y las reglas prudenciales emitidas por organismos como el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, IOSCO o IAIS, se está resolviendo mediante la estrategia de utilizar normas distintas para los consolidados y para la preparación de los estados financieros separados o individuales.

De esta manera, tales estados financieros separados o individuales vienen a responder a necesidades de información especiales. Sin embargo, es muy probable que con base en ellos se adopten decisiones como el reparto de las utilidades del ejercicio.

No hay un acuerdo universal sobre si la contabilidad debe limitarse a reflejar lo sucedido o si pueden incluirse tratamientos que respondan a políticas de la administración. En el pasado hubo horror frente a las que se llamaron reservas ocultas. En el presente las provisiones prudenciales se hacen públicamente, pero no es claro de qué manera ellas encarecen el crédito, especialmente para los clientes pequeños. En todo caso, las reglas prudenciales se siguen extendiendo, como puede verse en el proyecto de decreto sobre los fondos de empleados.

Paradójicamente, por otro lado, se sostiene que las revelaciones deben procurar transmitir las concepciones de la gerencia y sus posibles acciones futuras, como instrumento para mejorar la comprensión de los estados financieros y para predecir mejor los flujos futuros de fondos.

Nosotros hemos sostenido que todo el asunto se resuelve utilizando cuentas distintas, unas para mostrar lo sucedido y otras para mostrar las previsiones. Sin embargo, que sepamos nadie está trabajando sobre esta u otras posibilidades, que no impliquen el desplazamiento de unas cifras por otras.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 2126, Junio 13 del 2016

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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